Alta en Entrada de Vehículos
Cualquier persona titular o arrendatario de un inmueble que pueda ser usado como tal.
En el Departamento de Gestión Tributaria, segunda planta del Ayuntamiento.
El precio depende de varios factores que se hayan especificados en la ordenanza fiscal T-24, que puede consultar en el menú de la izquierda Ordenanzas Fiscales del año correspondiente.
El devengo de esta tasa se produce el día 1 de enero de cada año para las entradas de vehículos dadas de alta, para la nuevas se podrá realizar en cualquier momento y produciendose en ese momento el devengo por los trimestres completos que resten del año y entrará a formar parte del padrón al siguiente año del alta.
Personándose en nuestro departamento sin ningún otro documento que el titulo de propiedad (escritura) o contrato de arrendamiento del local y solicitando verbalmente el alta y declarando el tipo de entrada de vehículos solicitada según la ordenanza mencionada.
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