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Villena, 20 de mayo de 2013

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12/04/2012 enviar estadísticas imprimir aumentar texto reducir texto

RDL 4/2012


Paso1: Consulta de Facturas

Acceso a la información contenida en la relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago que reúnen los requisitos establecidos en el R.D.Ley 4/2012, de 24 de febrero y que ha sido remitida al órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Tal y como indica el artículo 4.1 del R.D.Leg. 4/2012, de 24 de febrero:

Las entidades locales permitirán a los contratistas consultar su inclusión en la relación certificada remitida de acuerdo con el artículo 3 y en caso de estar incluidos podrán conocer la información que les afecte con respeto a la normativa de protección de datos de carácter personal

I. Al objeto de hacer efectiva este mandato los contratistas interesados podrán consultar su inclusión en la mencionada relación a través de las siguientes vías:

    1. Personándose y acreditándose en las dependencias del departamento de CITA (sito en la Plaza de Santiago n° 1) para conocer por comparecencia, su inclusión en la mencionada relación.

    2. Solicitándolo por registro de entrada en el Ayuntamiento (sito en la Plaza de Santiago n° 1), en cuyo caso se contestará por escrito a la dirección indicada en dicha solicitud.

    3. Consultando en la página web del Ayuntamiento, donde los servicios informáticos municipales han establecido un enlace para conocer el estado de las facturas de los contratistas que así lo soliciten.

II . En el caso de que la factura objeto de consulta no figure en la relación :

Compruebe si la factura ha sido presentada en el registro administrativo del

Ayuntamiento antes del 1 de enero de 2012 y que deriva de contratos de obras, servicios,

suministros y gestión de servicios públicos en su modalidad de concesión, incluidos en el ámbito de aplicación del Texto refundido de la ley de contratos del sector público .

A estos efectos, recuerde que esta relación no incluye facturas o documentos equivalentes relacionados con el desarrollo urbanístico, la prestación de servicios o suministros considerados contratos privados, los derivados de relaciones con otras Administraciones Públicas, los procedentes de convenios o los derivados de la concesión de subvenciones.

lII. Si considera que su factura cumple los requisitos del R.D.Ley 4/2012 y no figura en la relación certificada de obligaciones pendientes de pago:

Solicite, por registro de entrada del Ayuntamiento, un certificado individual conforme al modelo aprobado por la Orden HAP/53712012, de 9 de marzo, publicada en el BOE nº 65, de 16 de marzo y que puede encontrar en la página web del Ayuntamiento.

PASO 2:Los proveedores deberán comunicar su voluntad de acudir al procedimiento

 De dos formas distintas:

a) Por vía Telemática: (hasta el 22/04/2012)

      Accediendo a la aplicación informática centralizada en AEAT (enlace).

b) De forma Presencial: (hasta el 20/04/2012)

      Comunicándolo  por escrito en CITA del Ayuntamiento mediante la instancia siguiente.

Instancia (enlace también al final de la pagina).

En ambos casos, la información a suministrar será:

 - Aceptación del proveedor.

 - Fecha aceptación.

 - Número de cuenta corriente. Se facilitará el IBAN y el BIC.

 - Naturaleza de PYME o autónomo según la AEAT.

 - Si se ha acordado quita.

 - Importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.

 


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