Las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil

Las Agrupaciones

La legislación española en materia de protección civil, establece que las administraciones públicas promoverán y apoyarán la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos a la protección civil. Las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil, son el elemento integrador que permite a la Administración Local
cumplir con lo establecido en la Ley y facilita a los ciudadanos el desarrollo de su labor solidaria. Son organizaciones por tanto, de carácter humanitario, altruista y solidario que canalizan y aúnan la voluntad participativa de los ciudadanos, en las tareas de la protección civil.

Es al Ayuntamiento a quien corresponde decidir libremente la creación de su ALVPC, y al Pleno Municipal la aprobación de su Reglamento.

La ALVPC, una vez creada, se encuadra orgánica y funcionalmente en la unidad municipal de la que dependan los servicios de Protección Civil o Seguridad Ciudadana, sin que ello constituya vínculo laboral alguno de sus pc-alvpc1componentes en el Ayuntamiento.

El Plan Territorial Municipal frente a emergencias y los Planes de Actuación Municipal frente a riesgos específicos, son la fuente de donde emanan las actividades de las ALVPC.

Las funciones que desarrollan las ALVPC son las siguientes:

a) En la prevención

  • Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
  • Colaboración y apoyo a la confección y divulgación de los planes de Autoprotección en dichos centros.
  • Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes Territoriales Municipales y Planes de Actuación Municipal frente a riesgos específicos.
  • Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el Ayuntamiento.
  • Actuación en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.), siempre coordinados por el servicio que corresponda.

b) En la intervención

  • Apoyo a los servicios operativos de emergencia a requerimiento de los mismos.
  • Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento…), siempre coordinados por el servicio que corresponda.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
Translate »