BANDO

Fulgencio José Cerdán Barceló, Alcalde Presidente el M.I. Ayuntamiento de Villena, en uso de las
facultades concedidas en el artículo 21.1.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, hace saber:
“Con motivo de las fiestas patronales ( Fiestas de Moros y Cristianos del 2022), en cuanto a la
posibilidad de instalar “barras” en la vía pública para mejorar el servicio de hostelería en el
transcurso de los desfiles y de acuerdo al Decreto Legislativo 1/2003, de 1 de abril, del Consell de
la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Drogodependencias y
otros trastornos adictivos, pone de manifiesto a las empresas de hostelería la permisibilidad de
instalar “barras” de forma provisional únicamente en la fachada del establecimiento, siempre y
cuando:
• Se disponga de licencia municipal de apertura de bar, cafetería, pub, restaurante,
heladería.
• Se mantenga el establecimiento abierto al público, con todos los servicios que
habitualmente se prestan.
• La ubicación de la barra no deberá obstaculizar el tránsito de las personas y deberá ser
desmontada a la finalización de cada uno de los desfiles.
• El horario de instalar las barras será el día 5 ( desfile de la Entrada), día 6 ( Cabalgata) y
dia 9 ( desfile de los nuevos cargos)”.

Bando_barra_-bares_fiestas_moros_y_cristianos_2022

 

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies
Translate »