BANDO
Fulgencio José Cerdán Barceló, Alcalde Presidente el M.I. Ayuntamiento de Villena, en uso de las
facultades concedidas en el artículo 21.1.e de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local, hace saber:
“Con motivo de las fiestas patronales ( Fiestas de Moros y Cristianos del 2022), en cuanto a la
posibilidad de instalar “barras” en la vía pública para mejorar el servicio de hostelería en el
transcurso de los desfiles y de acuerdo al Decreto Legislativo 1/2003, de 1 de abril, del Consell de
la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Drogodependencias y
otros trastornos adictivos, pone de manifiesto a las empresas de hostelería la permisibilidad de
instalar “barras” de forma provisional únicamente en la fachada del establecimiento, siempre y
cuando:
• Se disponga de licencia municipal de apertura de bar, cafetería, pub, restaurante,
heladería.
• Se mantenga el establecimiento abierto al público, con todos los servicios que
habitualmente se prestan.
• La ubicación de la barra no deberá obstaculizar el tránsito de las personas y deberá ser
desmontada a la finalización de cada uno de los desfiles.
• El horario de instalar las barras será el día 5 ( desfile de la Entrada), día 6 ( Cabalgata) y
dia 9 ( desfile de los nuevos cargos)”.
Bando_barra_-bares_fiestas_moros_y_cristianos_2022