Las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil

Las Agrupaciones

La legislación española en materia de protección civil, establece que las administraciones públicas promoverán y apoyarán la vinculación voluntaria y desinteresada de los ciudadanos a la protección civil. Las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil, son el elemento integrador que permite a la Administración Local
cumplir con lo establecido en la Ley y facilita a los ciudadanos el desarrollo de su labor solidaria. Son organizaciones por tanto, de carácter humanitario, altruista y solidario que canalizan y aúnan la voluntad participativa de los ciudadanos, en las tareas de la protección civil.

Es al Ayuntamiento a quien corresponde decidir libremente la creación de su ALVPC, y al Pleno Municipal la aprobación de su Reglamento.

La ALVPC, una vez creada, se encuadra orgánica y funcionalmente en la unidad municipal de la que dependan los servicios de Protección Civil o Seguridad Ciudadana, sin que ello constituya vínculo laboral alguno de sus pc-alvpc1componentes en el Ayuntamiento.

El Plan Territorial Municipal frente a emergencias y los Planes de Actuación Municipal frente a riesgos específicos, son la fuente de donde emanan las actividades de las ALVPC.

Las funciones que desarrollan las ALVPC son las siguientes:

a) En la prevención

  • Colaborar en los estudios de riesgos de la localidad preferentemente orientados a edificios, locales y establecimientos de pública concurrencia.
  • Colaboración y apoyo a la confección y divulgación de los planes de Autoprotección en dichos centros.
  • Colaboración en la elaboración y mantenimiento de los Planes Territoriales Municipales y Planes de Actuación Municipal frente a riesgos específicos.
  • Confección y realización de campañas de información y divulgación a la población afectada por los distintos riesgos, cumpliendo con las directrices dadas por el Ayuntamiento.
  • Actuación en dispositivos operativos de carácter preventivo (en grandes concentraciones humanas, vigilancia forestal, etc.), siempre coordinados por el servicio que corresponda.

b) En la intervención

  • Apoyo a los servicios operativos de emergencia a requerimiento de los mismos.
  • Colaborar en la atención a afectados en emergencias (evacuación, albergue, abastecimiento…), siempre coordinados por el servicio que corresponda.
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