Villena, 27 de febrero.- La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Villena ha recordado hoy a la ciudadanía que los diferentes “regalos promocionales” de diferentes entidades prestatarias de servicios financieros o de cualquier otra índole deben tributar en el Impuesto de la Renta (IRPF) con un tipo mínimo del 19%. Este aviso se produce después de que varias personas hayan tenido que ajustar sus declaraciones con la Administración Tributaria al contabilizar como ingreso el obsequio ofrecido por una entidad bancaria por la suscripción de un servicio financiero.
El responsable de la OMIC, Juan Miguel Pajares, ha señalado que este tipo de incentivos que ofrecen entidades como los bancos “pueden llegar a traer graves problemas si olvidamos que estos “regalos” tributan en el IRPF, gravados como mínimo, en un 19%, ya que esta retención se considera como retribución en especie, al ser como un ingreso por intereses recibidos”.
“Asimismo, recordamos que – además de este tipo de “regalos” – también tributan los bonos de viajes y cualquier tipo de bonificación, al ser catalogada como anteriormente se ha indicado, como retribución en especie”, ha añadido.
La OMIC recomienda informarse correctamente de las circunstancias y de las obligaciones tributarias. En el último caso, un vecino de Villena perdió una subvención pública al contabilizar como ingreso un ‘regalo’ de una entidad bancaria, cuyo valor era cuatro veces menor que la ayuda pública a la que tenía derecho.