En virtud de la Orden SND/298/2020 publicada en el BOE, el Ayuntamiento de Villena prohíbe todos los velatorios en instalaciones tanto públicas como privadas hasta que finalice el estado de alarma decretado por el Estado.
La evolución de la pandemia de Covid-19 ha obligado al Gobierno de España a adoptar nuevas medidas extraordinarias para evitar la propagación y contagio del virus. Según la Orden SND/298/2020 publicada hoy lunes 30 de marzo en el Boletín Oficial del Estado se prohíben todos los velatorios para las personas fallecidas en España mientras se prolongue el estado de alarma.
Ante la citada orden del BOE, el Ayuntamiento de Villena prohíbe los velatorios en instalaciones públicas o privadas, así como en domicilios particulares. En el caso de fallecidos por COVID-19, no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver.
Se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro del culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos.