Alumnado de nuevo ingreso Enseñanzas Profesionales
INSCRIPCIONES ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES
DEL 6 AL 20 DE MAYO AMBOS INCLUSIVE
PLAZO DE INSCRIPCIÓN FINALIZADO
CALENDARIO
INSCRIPCIÓN: desde las 00:00 del 6 de mayo hasta las 23:59 horas del 20 de mayo de 2026
PUBLICACIÓN LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUÍDOS: 26 de mayo
RECLAMACIÓN A LAS LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS: desde las 09:00 del 27 de mayo hasta las 15:00 del 29 de mayo
PUBLICACIÓN LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS: 9 de junio
PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN DE LOS TRIBUNALES: 10 de junio
REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS: 17 y 18 de junio
PRUBLICACIÓN RESULTADOS PROVISIONALES: 19 de junio
RECLAMACIÓN A LOS RESULTADOS PROVISIONALES: del 22 al 25 de junio
RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES: 26 de junio
PUBLICACIÓN DEFINITIVA DE LOS RESULTADOS: 29 de junio
PREVISIÓN DE VACANTES
Las vacantes definitivas se publicarán el 30 de junio tras el periodo ordinario de matriculación
Es una previsión, la oferta definitiva depende de la asignación de horarios y asignaturas.
Las vacantes publicadas actualmente son las correspondientes al alumnado que finaliza 4º de E. Elementales + 6º de Enseñanzas profesionales
|
ESPECIALIDAD
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PLAZAS |
| CLARINETE | 1 |
| FLAUTA TRAVESERA | 4 |
| GUITARRA | 4 |
| PERCUSIÓN | 4 |
| PIANO | 10 |
| SAXOFÓN | 5 |
| TROMBÓN | 4 |
| TROMPA | 2 |
| TROMPETA | 1 |
| VIOLONCELLO | 4 |
LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS
Los exámenes se realizarán los días 17 (prueba instrumental) y 18 (prueba de lenguaje musical)
Todos los aspirantes deben venir provistos de su DNI o documento acreditativo que verifique la identidad y el pertinente material escolar para realizar los exámenes.
FECHAS PRUEBA, SEDES Y TRIBUNALES
TRIBUNALES PRUEBAS DE ACCESO ENSEÑANZAS PROFESIONALES Y ACCESO ENSEÑANZAS ELEMENTALES CURSOS DIFERENTES DEL 1º
PRUEBA A: MIÉRCOLES 17 DE JUNIO 16:15 HORAS
Percusión, Piano, Guitarra y Violoncello (Casa de Cultura)
Trombón, Trompa, Trompeta, Saxofón, Flauta y Clarinete (Teatro Chapí)
- Práctica instrumental o vocal
a.1) Interpretación instrumental. La persona aspirante deberá presentar un programa de tres obras o movimientos de diferente estilo, con un nivel igual o superior al establecido como final del curso precedente al que opta. El tribunal determinará las partes o fragmentos que se interpretarán. Se valorará la interpretación de memoria. En la especialidad de percusión, las tres obras deberán ser necesariamente para marimba o xilófono, caja y timbales, respectivamente.
a.2) Lectura a primera vista. Consistirá en la interpretación de un fragmento a primera vista cuyo contenido no será superior al nivel fijado como final del curso precedente al que se opta.
PRUEBA B: JUEVES 18 DE JUNIO 16:15 HORAS (Casa de Cultura)
- Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas según el curso al que se opte.
Comprenderán los ejercicios correspondientes a las asignaturas del curso inmediatamente anterior al solicitado, así como de cursos previos cuando las materias tengan desarrollo curricular en niveles anteriores.
Percusión
| TITULAR | SUPLENTE |
| Fernando Campos Valdés – Presidente | José Fernando Sirera Valero |
| Nuria Zapater Hernandez- Secretaria | Maria Lidia Gil Hernández |
| Javier Artés Arlandis – Vocal | Eloy Lorente Muñoz |
| Francisco Cherro Prieto- ASESOR ESPECIALISTA | |
Guitarra, Violoncello
| TITULAR | SUPLENTE |
| Francisco Serra Martínez- Presidente | Carlos Monzó Romero |
| Nuria Zapater Hernandez- Secretaria | Maria Lidia Gil Hernández |
| Alba María Ugeda Ribera – Vocal | Javier Artés Arlandis |
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Francisco Albert Ricote- ASESOR ESPECIALISTA Zurab Kala- ASESOR ESPECIALISTA |
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Piano
| TITULAR | SUPLENTE |
| José Micó Martínez- Presidente | Maria Pilar Sanchez Picó |
| Antonia Juan Ortuño- Secretaria | Ana María Querol Estevan |
| María Lidia Gil Hernandez – Vocal | Nuria Zapater Hernandez |
Trombón de varas, Trompa y Trompeta
| TITULAR | SUPLENTE |
| Juan S. Bañón Martínez- Presidente | Javier Artés Arlandis |
| Pere Molina González – Vocal | Maria Lidia Gil Hernández |
| Sergio Pozo Mansilla – Secretario | Eloy Lorente Muñoz |
| José Vicente Cervera Perez- ASESOR ESPECIALISTA | |
Saxofón, Clarinete y Flauta Travesera
| TITULAR | SUPLENTE |
| Gaspar A. Tortosa Urrea- Presidente | José Vicente Menor Esteve |
| Pere Molina Gonzalez- Secretario | Maria Lidia Gil Hernández |
| Ana Pilar Guillén Gil – Vocal | Eva María Belda Castillo |
| Rafael Martínez Esteve- ASESOR ESPECIALISTA | |
ACTA CALIFICACIONES PRUEBA DE ACCESO
ACTA CALIFICACIONES CON PONDERACIÓN
En el acta figuran se han incluido todas las ponderaciones que marca la normativa 8/2026.
El alumnado del bloque de prioridad 1 tienen vacante asignada y el alumnado del bloque de prioridad 3 están pendientes de vacante.
VACANTES NIVEL PRIORIDAD 1
VACANTES- NIVEL DE PRIORIDAD 1
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ESPECIALIDAD
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VACANTES |
| PIANO | 15 |
| PERCUSIÓN | 4 |
| GUITARRA | 6 |
| TROMPETA | 3 |
| SAXOFÓN | 8 |
| VIOLONCELLO | 2 |
| TROMPA | 4 |
| TROMBÓN | 5 |
| CLARINETE | 2 |
| FLAUTA TRAVESERA | 9 |
| OBOE | 2 |
| VIOLA | 2 |
TASAS Y MENSUALIDADES
| CARNET ESCOLAR | 4.21€ |
| INGRESO EN EL CENTRO (Alumnado que se matricula por primera vez) | 19.57€ |
| APERTURA DE EXPEDIENTE (Alumnado que se matricula por primera vez) | 19.57€ |
| CURSO 1º | 170.30€ |
| CURSO 2º (Piano) | 170.30€ |
| CURSO 2º (Viento, Cuerda y Percusión) | 191.35€ |
| CURSO 3º Y 4º (Piano) | 191.35€ |
| CURSO 3º Y 4º (Viento, Cuerda y Percusión) | 215.89€ |
| CURSO 5º y 6º (Todas las especialidades) | 245.21€ |
MENSUALIDADES
| CURSO 1º Y 2º (tres asignaturas) | 45.55€ |
| CURSO 2º (cuatro asignaturas) | 68.28€ |
| CURSO 3º Y 4º (cuatro asignaturas) | 68.28€ |
| CURSO 3º Y 4º (cinco asignaturas) | 78.12€ |
| CURSO 5º Y 6º (seis asignaturas) | 87.99€ |
Las mensualidades se abonan mediante domiciliación bancaria en 10 cuotas mensuales. Las tasas de matrícula y mensualidad son extraídas de la Ordenanza T-12 Reguladora de la Tasa por prestación de servicios en el Conservatorio Municipal de Música. .Descarga.
PRUEBAS DE ACCESO ENSEÑANZAS PROFESIONALES (CONTENIDOS Y ESTRUCTURA)
ANEXO VI
Estructura y calificación/ponderación de la prueba de acceso a las enseñanzas profesionales de música
La prueba de acceso constará de dos apartados: práctica instrumental o vocal y ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas, organizados del modo siguiente:
- Práctica instrumental o vocal
Se compondrá de los siguientes subapartados:
- Interpretación instrumental o
La persona aspirante deberá presentar un programa de tres obras o movimientos de diferente estilo, con un nivel igual o superior al establecido como final del curso precedente al que opta. El tribunal determinará las partes o fragmentos que se interpretarán.
Se valorará la interpretación de memoria.
En la especialidad de percusión, las tres obras deberán ser necesariamente para marimba o xilófono, caja y timbales, respectivamente.
Los centros deberán publicar, durante el primer trimestre del curso académico, los contenidos mínimos exigidos para el acceso al primer curso en aquellas especialidades que no dispongan de currículo en enseñanzas elementales, así como un listado orientativo de obras de referencia.
- Lectura a primera
Consistirá en la interpretación de un fragmento a primera vista cuyo contenido no será superior al nivel fijado como final del curso precedente al que se opta.
En las especialidades que carezcan de currículo en enseñanzas elementales, este subapartado no será exigible para el acceso a primer curso.
- Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas según el curso al que se
Comprenderán los ejercicios correspondientes a las asignaturas del curso inmediatamente anterior al solicitado, así como de cursos previos cuando las materias tengan desarrollo curricular en niveles anteriores.
Los subapartados serán los siguientes:
Acceso a 1.º curso:
- Lenguaje
Acceso a 2.º curso:
- Lenguaje
- Idiomas Aplicados al Canto (solo en especialidad de Canto).
- Fundamentos del Cant Valencià (solo en especialidad de Cant Valencià).
- Tabalet (solo en especialidad de Dulzaina).
Acceso a 3.er curso:
- Lenguaje
- Piano/Clave/Guitarra Complementario/a (en especialidades que no sean Piano, Clave, Arpa y Órgano).
- Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).
- Fundamentos del Cant Valencià (solo en Cant Valencià).
- Tabalet (solo en Dulzaina).
Acceso a 4.º curso:
- Armonía.
- Piano/Clave/Guitarra Complementario/a (en especialidades que no sean Piano, Clave, Arpa y Órgano).
- Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).
- Fundamentos del Cant Valencià (solo en Cant Valencià).
- Tabalet (solo en Dulzaina).
Acceso a 5.º curso:
- Armonía.
- Piano/Clave/Guitarra Complementario/a (en especialidades que no sean Piano, Clave, Arpa y Órgano).
- Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).
- Fundamentos del Cant Valencià (solo en Cant Valencià).
- Tabalet (solo en Dulzaina).
Acceso a 6.º curso:
- Análisis.
- Historia de la Música.
- Piano/Clave/Guitarra Complementario/a (en especialidades que no sean Piano, Clave, Arpa y Órgano).
- Idiomas Aplicados al Canto (solo en Canto).
- Fundamentos del Cant Valencià (solo en Cant Valencià).
- Acompañamiento (solo en Piano, Clave, Órgano, Guitarra, Guitarra Eléctrica y Bajo Eléctrico).
- Introducción a la Etnomusicología (solo en Cant Valencià).
- Tabalet (solo en Dulzaina).
Observación técnica sobre Idiomas Aplicados al Canto:
Los ejercicios de esta materia versarán sobre los contenidos de todos los cursos previos al nivel al que se opta, siguiendo la secuenciación establecida en la programación del centro.
- Calificación y ponderación:
La prueba se calificará de 0 a 10 puntos, con un máximo de un decimal. Para superar la prueba será necesario obtener al menos 5 puntos en cada uno de los apartados a) y b), ambos con carácter eliminatorio.
La ponderación será la siguiente:
- Práctica instrumental o vocal (60 %)
Este apartado tendrá carácter eliminatorio y exigirá una calificación mínima de 5 puntos para permitir el acceso al cálculo del apartado b).
- Interpretación (70 % de la nota del apartado a).
Será necesario obtener mínimo 5 puntos para que la ponderación sea aplicable.
Para las especialidades exentas de lectura a primera vista, esta calificación constituirá el 100 % del apartado a).
- Lectura a primera vista (30 % de la nota del apartado a).
Será necesario obtener mínimo 4 puntos para que la ponderación pueda ser aplicada.
- Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas (40 %)
La media aritmética de los subapartados constituirá la nota del apartado b). Para calcular dicha media será necesario obtener mínimo 4 puntos en cada subapartado. Este apartado tendrá carácter eliminatorio.
Otras disposiciones aplicables
Si la persona aspirante realiza la prueba de acceso a un mismo curso en varias especialidades, los ejercicios comunes del apartado b) (teórico-práctico) se realizarán una única vez, siendo la calificación válida para todas las especialidades solicitadas.
PONDERACIÓN DE LAS CALIFICACIONES DE LAS PARTES DE CADA UNA DE LAS PRUEBAS
La prueba se calificará numéricamente entre 0 y 10 puntos, con un máximo de un decimal. Para superar la prueba será necesario obtener al menos 5 puntos en cada uno de los apartados a) y b), ambos con carácter eliminatorio.
La ponderación será la siguiente:
a) Práctica instrumental (60% de la calificación final)
Este apartado tendrá carácter eliminatorio, siendo necesaria una nota mínima de 5 puntos para poder realizar el apartado b).
a.1) Interpretación (70% de la nota del apartado a)
Para que este subapartado pueda ser ponderado en la calificación del apartado a), será necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos.
a.2) Primera vista (30% de la nota del apartado a)
Será necesaria una calificación mínima de 4 puntos para que pueda ponderarse.
b) Ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas (40% de la calificación final)
La media aritmética de los subapartados constituirá la nota del apartado b). Para calcular dicha media será necesario obtener mínimo 4 puntos en cada subapartado. Este apartado tendrá carácter eliminatorio, siendo necesaria una calificación mínima de 5 puntos.
La prueba se considerará superada únicamente cuando la persona aspirando obtenga una calificación mínima de 5 puntos en cada uno de los apartados a) y b).
Si la persona aspirando realiza la prueba de acceso a un mismo curso en más de una especialidad, la parte de lenguaje musical (apartado b) se realizará una sola vez, y la calificación obtenida será válida para todas las especialidades solicitadas.
ADJUDICACIÓN DE VACANTES Y NIVELES DE PRIORIDAD
Pruebas de acceso a enseñanzas elementales y profesionales de música
Adjudicación de vacantes y niveles de prioridad (según Orden 8/2026)
Artículo 18. Adjudicación de vacantes. Niveles de prioridad
El orden de adjudicación de plazas vacantes dentro de cada especialidad se realizará, en primer lugar, de acuerdo a los siguientes niveles de prioridad:
- a) Nivel 1: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.
- b) Nivel 2: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea inferior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.
- c) Nivel 3: enseñanzas profesionales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 18 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.
- d) Nivel 4: enseñanzas elementales. Aspirantes cuya edad sea igual o superior a 12 años a lo largo del año natural en que dé comienzo el curso objeto de la convocatoria.
Artículo 19. Prelación y criterios de ordenación en cada nivel de prioridad
- Dentro de cada uno de los niveles de prioridad establecidos en el artículo anterior, se seguirá el orden de prelación, teniendo en cuenta que no se adjudicarán vacantes correspondientes a un nivel de prioridad inferior mientras haya aspirantes de la misma especialidad pendientes de adjudicar en niveles de prioridad superiores:
1º Readmisión de acuerdo con lo establecido en el Artículo 12.
2º Admisión por superación de prueba de acceso en el mismo centro.
3º Cambio de especialidad sin realizar prueba de acceso, para alumnado que finaliza y supera el primer curso de enseñanzas elementales de Música (aplicable únicamente a los niveles de prioridad 2 y 4).
- Dentro de cada apartado del orden de prelación, la adjudicación de plazas se realizará siguiendo los criterios de ordenación que se detallan a continuación:
1º Curso, de mayor a menor.
2º Mejor calificación en la prueba de acceso o expediente académico, según requiera la modalidad de admisión.
3º Año de nacimiento más reciente.
4º En caso de empate en todos los puntos anteriores, se resolverá por el sorteo público que la conselleria competente en materia de educación celebra anualmente para regular los procesos de admisión de alumnado en centros sostenidos con fondos públicos
OBRAS ORIENTATIVAS PRUEBA DE ACCESO
CONTENIDO PRUEBA LENGUAJE MUSICAL 1º ENSEÑANZAS PROFESIONALES
NORMATIVA DE APLICACIÓN
- ORDEN 8/2026, de 24 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Universidades, por la cual se regula el proceso de admisión a las enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza en la Comunidad Valenciana.
- Orden 28/2011 de 10 de mayo de la Consellería de Educación, por la cual se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana (DOCV 17/05/2011)
- ORDEN 49/2015, de 14 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporto, por la cual se modifican aspectos de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Consellería de Educación, por la cual se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que cursa las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunidad Valenciana.
- DECRETO 46/2026 (DOGV 2/04/2026), de 27 de marzo, del Consejo, por el cual se modifican los decretos 158/2007 y 159/2007, de 21 de septiembre, del Consejo, por los cuales se establecen los currículums de las enseñanzas profesionales y elementales de Música y se regula el acceso a estas enseñanzas.
READMISIÓN, TRASLADO Y CAMBIO DE ESPECIALIDAD
Solicitud de participación en las modalidades de readmisión, traslado de expediente y cambio de especialidad. (Orden 8/2026)
El plazo de inscripción es del 1 al 26 de junio.
Enviar el formulario debidamente cumplimentado a secretaria@conservatorioprofesionalvillena.es
Artículo 12. Readmisión
1. Podrá solicitar la readmisión en el centro aquel alumnado que haya permanecido, como máximo, un curso
académico sin formalizar matrícula, siempre que no haya agotado el límite de permanencia en el curso ni en las enseñanzas
correspondientes y no se le haya concedido previamente una readmisión en la misma especialidad.
2. El curso académico en el que el alumnado no haya estado matriculado no computará a efectos del límite de
permanencia.
3. El alumnado que renuncie a su matrícula, conforme a lo establecido en el artículo 25 de esta orden, será
considerado como no matriculado en el curso lectivo a efectos del cómputo para la readmisión.
4. La readmisión podrá concederse una sola vez a lo largo del conjunto de las enseñanzas elementales y
profesionales de Música o de Danza.
5. El alumnado que cumpla las condiciones de readmisión podrá presentar la solicitud correspondiente en el centro,
siguiendo el calendario establecido.
6. Las solicitudes de readmisión dentro de cada nivel de prioridad se ordenarán de acuerdo con los criterios
especificados en los artículos 18 y 19 de esta orden. El alumnado que no pueda ser readmitido en el centro por falta de
vacantes disponibles podrá presentar solicitud de readmisión en otro centro, en la correspondiente fase del proceso de
admisión.
7. En caso de ser readmitido, el alumnado podrá matricularse en el curso y la especialidad que le corresponda.
8. No se considerará readmisión la solicitud presentada tras el abandono de estas enseñanzas sin haber superado
ningún curso.
9. En caso de no cumplirse debidamente las condiciones establecidas en el presente artículo para la readmisión, las
personas interesadas en reanudar estas enseñanzas deberán realizar nuevamente la prueba de acceso, conforme a lo
dispuesto en la normativa vigente.
Artículo 13. Traslado de expediente dentro del proceso de admisión
1. La admisión por traslado constituye un procedimiento específico dentro del proceso ordinario de admisión,
aplicable al alumnado que, estando matriculado en un centro, solicite continuar sus estudios en otro centro para el curso
siguiente.
Esta modalidad de traslado únicamente podrá tramitarse durante el proceso ordinario o extraordinario de admisión,
siguiendo el calendario establecido a tal efecto, y no durante el curso académico, cuyo procedimiento se regula en el
artículo 24 de esta orden.
2. La admisión por traslado requerirá la existencia de plaza vacante en la especialidad solicitada en el centro de
destino y se resolverá siguiendo el orden de adjudicación establecido en los artículos 18 y 19 de esta orden, tomando como
referencia la nota media del expediente académico.
3. En circunstancias excepcionales o casos extraordinarios debidamente justificados, la dirección del centro
remitirá el expediente a la dirección territorial correspondiente para su valoración y resolución.
Artículo 14. Cambio de especialidad en las enseñanzas elementales de Música
1. El alumnado que haya finalizado y superado el primer curso de las enseñanzas elementales de Música y desee
cambiar de especialidad podrá hacerlo promocionando a segundo curso y sin necesidad de realizar una prueba de acceso. El
alumnado en esta situación podrá solicitar el cambio de especialidad en el plazo establecido a tal efecto por la conselleria
competente en materia de educación y acceder a las plazas vacantes siguiendo el orden de adjudicación establecido en los
artículos 18 y 19 de esta orden, siendo ordenado en función de la nota media de su expediente académico. En caso de
obtener plaza en la nueva especialidad, deberá formalizar matrícula del segundo curso completo y, adicionalmente, del
primer curso de la asignatura de instrumento correspondiente, que tendrá la consideración de asignatura pendiente.
2. El cambio de especialidad en supuestos diferentes al descrito en el punto anterior se efectuará mediante la
correspondiente prueba de acceso a la nueva especialidad. Las personas aspirantes podrán solicitar la exención de la parte
teórico-práctica de la prueba, siempre que tengan superadas las materias correspondientes del curso anterior al que se
solicita el acceso. En tal caso, la calificación final de la prueba de acceso se corresponderá exclusivamente con la obtenida
en el apartado de la prueba realizada. Esta calificación será la que se utilice para determinar su posición en el orden de
adjudicación de plazas vacantes.
Horario Secretaría
Lunes a Viernes de 9:30-12:30
Dirección
Teléfono
965801150 Ext. 3510
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