El artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que el municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Añade el precepto, en su párrafo segundo, que el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales.
La Fundación Municipal “José María Soler” de Villena, dentro de la esfera de su competencia, pretende llevar a cabo esta convocatoria para conmemorar la celebración del V Centenario de la concesión del Título de Ciudad a Villena.
Dentro de esta convocatoria se prevé un premio extraordinario de investigación histórica sobre el siglo XVI en Villena.
BASES DEL PREMIO EXTRAORDINARIO DE INVESTIGACIÓN HISTÓRICA SOBRE EL SIGLO XVI EN VILLENA 2025.
- PRIMERA.- OBJETO. La Fundación Municipal “José María Soler” de Villena convoca un premio extraordinario de Investigación, con objeto de la celebración del V Centenario de la concesión del Título de Ciudad a Villena.
- SEGUNDA.- El premio consistirá en 1.525€ deducidos, en su caso, los importes de IRPF, diploma acreditativo y la edición de 500 ejemplares de la obra premiada. De su tirada se entregará 50 ejemplares al autor/a o autores/as.
- TERCERA.- Los trabajos, originales e inéditos, se presentarán en soporte informático e impreso (en triplicado ejemplar) en procesador Word, fuente Arial o semejante, tamaño 12, interlineado 1,5 y por una sola cara. Su extensión estará comprendida entre los 75 y los 200 folios, incluidos, en su caso, índices, anexos y material gráfico.
- CUARTA.- Por el solo hecho de presentarse, las personas autoras certifican que su trabajo cumple los requisitos legales para ser reproducido en su totalidad, asumiendo personalmente cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de esta exigencia.
- QUINTA.- Las obras deberán presentarse en un sobre cerrado; indicando en el exterior, tanto del sobre como de los trabajos, el seudónimo utilizado. Dentro de este sobre principal, se deberá incluir otro cerrado que contenga la siguiente información: nombre del autor/a o autores/as, DNI, dirección, teléfono, correo electrónico y una breve reseña biobibliográfica. En el exterior de este segundo sobre, se deberá repetir el seudónimo utilizado.
- SEXTA.- Los trabajos deberán hacerse llegar, hasta el 30 de junio del año en curso, a la Fundación Municipal “José María Soler” Plaza de Santiago 5, 03400 Villena (Alicante).
- SÉPTIMA.- Un jurado nombrado al efecto por la Junta Rectora de la Fundación convocante de entre personas de probada competencia en las materias objeto del concurso, emitirá el fallo antes del 3 de septiembre del mismo año, y lo comunicará a la persona o personas galardonadas.
- OCTAVA.- Los trabajos presentados deberán seguir la estructura que se establece en las normas de investigación expuestas en nuestra página web.
- NOVENA.- El jurado valorará los trabajos de forma anónima. El sistema de calificación se ponderará otorgando a cada uno una puntuación de 0 a 100, siendo 0 el de menor valor y 100 el de mayor. Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Introducción: hasta10 puntos. Se valorará la relevancia del trabajo en el contexto de la historia sobre el siglo XVI en Villena.
2. Metodología: hasta 20 puntos.
Se valorará la exposición de un marco teórico conforme con los principios científicos de investigación. En ese sentido, se valorará positivamente que se exponga una secuencia metodológica pertinente, que parta desde un marco teórico y conceptual, de un análisis del estado actual del conocimiento en el tema analizado, que siga con la definición clara y concisa de la hipótesis de trabajo y de los objetivos, y termine con unas conclusiones (no con un resumen). Se valorará el análisis de las fuentes de información y su tratamiento.
Se valorará la exposición y adecuación de las técnicas de trabajo utilizadas para cumplir la hipótesis y conseguir los objetivos.
3. Resultados: hasta 40 puntos. Se valorará la exposición clara de los resultados como consecuencia del adecuado manejo de las fuentes y de las técnicas aplicadas, y la vinculación de esos resultados con la hipótesis y objetivos enunciados.
4. Discusión de resultados: hasta 20 puntos.
Se valorará que los resultados se vinculen con las teorías generales (modelos y conceptos) recogidos en la metodología. Esto es, se valorará positivamente que los resultados no se expongan como algo excepcional, sino que se intenten integrar en las grandes líneas del pensamiento científico.
5. Conclusiones: hasta 10 puntos.Se valorará que se elaboren unas auténticas conclusiones (no meros resúmenes) de los resultados de la investigación estrechamente vinculados con la hipótesis y los objetivos: ¿se confirma la hipótesis? ¿se cumplen los objetivos enunciados?
El Jurado establecerá las medidas necesarias para resolver posibles empates en puntuación entre participantes, por ejemplo estableciendo una segunda ronda de votaciones entre los dos trabajos más valorados en caso de que se produzca esa circunstancia. - DÉCIMA.- La participación en el Concurso supone la plena aceptación de las presentes Bases. Las posibles dudas acerca de su interpretación, así como las circunstancias no previstas en ellas, serán resueltas por el Jurado de forma inapelable.
- UNDÉCIMA.- APLICACIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIACIÓN.
De conformidad con el artículo 173.6 y artículo 174 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la autorización del gasto queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de aprobación de las presentes Bases.
El importe destinado al otorgamiento de este Premio, se imputará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria 1/920/48100 denominada “Premios y Ayudas a la Investigación”.
Los costes derivados de la edición y publicación del trabajo ganador se imputarán a la aplicación presupuestaria 1/920/22001 denominada “Publicaciones”. - DUODÉCIMA.- La convocatoria de los premios se ajustará a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, garantizando la transparencia en las actuaciones administrativas.
- DECIMOTERCERA.- De conformidad con el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los premiados deberán acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, mediante la correspondiente certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería de la Seguridad Social.
- DECIMOCUARTA.- La entrega de los premios coincidirá con la presentación oficial de los libros resultantes de los trabajos galardonados, en un acto público, el día 1 de diciembre de 2025, coincidiendo con el aniversario del descubrimiento del Tesoro de Villena.
- DECIMOQUINTA.- Queda al arbitrio del jurado, cuyo fallo será inapelable, declarar desierto el premio. En este caso, cada uno de los miembros del jurado deberá argumentarlo por escrito y firmarlo. También tendrá la competencia de interpretar
cualquier hipotética ambigüedad de las presentes bases, o cubrir cualquier aspecto en relación con el concurso que no esté previsto en ellas. - DECIMOSEXTA.- Las obras no premiadas podrán ser retiradas de la sede de la Fundación convocante durante el mes siguiente a la publicación del fallo. Pasado este plazo, se entenderá que se renuncia a ellos.
- DECIMOSÉPTIMA.- Las reediciones del trabajo galardonado que pudieran hacerse en lo sucesivo deberán especificar en lugar visible el premio obtenido.
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Fecha límite de presentación de trabajos:
30 de junio de 2025

Fundación Municipal
José M.ª Soler
Plaza de Santiago, nº 5,
Planta baja «Casa Palao».
Teléf.: 965 801 150 ext. 435
e-mail: josemariasoler@villena.es
Horario de atención al público
Lunes a viernes de 11:00 a 14:00 h.